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13 de Enero de 2023
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Monotributo y recategorización: ultimátum de AFIP para un trámite clave

AFIP mantiene abierto el trámite de recategorización del monotributo para que todos los contribuyentes del Régimen Simplificado con cambios en sus ingresos en los últimos seis meses modifiquen su categoría.

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AFIP mantiene abierto el trámite de recategorización del monotributo para que todos los contribuyentes del Régimen Simplificado con cambios en sus ingresos en los últimos seis meses modifiquen su categoría.

 

A partir de este viernes, queda tan solo una semana para la simple gestión que se puede realizar de forma 100% online: el período de recategorización comenzó el pasado 1° de enero y finaliza el próximo viernes 20 del mismo mes.

 

Según indica AFIP en su sitio web oficial, "quienes hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse".

 

Aunque la recategorización se realiza cada seis meses -en enero y en julio- se considera la actividad del último año. Por su parte, "aquellos monotributistas cuyos parámetros no hayan sufrido ninguna variación y mantengan la misma categoría, no deberán efectuar ninguna acción".

 

Así, hasta el 20 de enero se podrá realizar la gestión en base a las nuevas tablas de valores difundidas por el AFIP a fines del año pasado, con los topes máximos de ingresos brutos anuales de cada una de las categorías actualizados.

 

En caso de no realizar la recategorización y que AFIP detecte movimientos bancarios u operaciones con tarjetas de crédito "que hicieran presuponer que se tienen ingresos superiores a los declarados para la categoría", la entidad fiscal reconvertirá de forma automática a dicho contribuyente al tramo correspondiente según sus ingresos.  

 

 

En base a los últimos 12 meses, se deben considerar los siguientes puntos para conocer si es preciso realizar la gestión o no:

 

  • Ingresos acumulados,
  • Energía eléctrica consumida,
  • Superficie afectada a la actividad en ese momento,
  • Alquileres devengados (en caso de corresponder).

Paso a paso, quiénes hayan registrado cambios en sus ingresos y se vean obligados a recategorizarse en el Monotributo deberán:

 

  1. Entrar al sitio web de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal personal.
  2. Una vez dentro, seleccionar la opción 'Recategorización'.
  3. El sistema mostrará la categoría actual y los topes de cada una de estas: se sugiere revisar las categorías vigentes antes de seguir con el trámite para asegurarse la categoría nueva a la que correspondería adherirse.
  4. Para conocer esto, se debe seleccionar el botón 'Escalas vigentes'.
  5. Luego, para proceder en la recategorización, se debe seleccionar el botón 'Continuar recategorización'.
  6. Aquí se debe informar el monto facturado en los últimos 12 meses: cuando el sistema pregunte si se tiene o utiliza un local, seleccionar la opción correspondiente y continuar.
  7. Se deben ingresar los datos correspondientes a la actividad personal según pide el sistema para determinar la nueva categoría.
  8. El sistema mostrará la categoría que corresponde según los datos aportados. Se recomienda verificar bien antes de aceptar la validación.
  9. Si los datos no son correctos, presionar en el botón 'Volver' para arreglar los errores. Si los datos están bien, seleccionar 'Confirmar categoría'.
  10. El sistema informará que la transacción se hizo correctamente y se podrá imprimir la nueva credencial.
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