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15 de Enero de 2024
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Motorhomes en Lago Puelo: ¿Cómo se regula y dónde se puede estacionar?

La ordenanza prohíbe el estacionamiento en calles, avenidas, terrenos desocupados, baldíos o fiscales. Tienen un plazo máximo de 2 horas para estacionarse en el casco urbano, y luego deben trasladarse a lugares habilitados

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Según lo establecido en la Ordenanza Número 025/23 CD MLP, se detallan las directrices que regulan el estacionamiento de estos vehículos recreativos. La normativa autoriza expresamente el estacionamiento en lugares debidamente habilitados para tal fin, tales como camping, playas de estacionamientos y terrenos privados con la autorización correspondiente de sus propietarios.

 

Por otro lado, la ordenanza prohíbe de manera explícita el estacionamiento en calles, avenidas, terrenos desocupados, baldíos o fiscales. 

 

Nemesio Millañanco, a cargo de la Dirección de Inspectoría General, subrayó la importancia de hacer cumplir la ordenanza vigente. En este sentido, destacó que los propietarios de motorhomes tienen un plazo máximo de 2 horas para estacionarse en el casco urbano y luego deben trasladarse a los lugares específicamente habilitados para este propósito.

 

Millañanco informó que los espacios predeterminados incluyen la zona en ruta 16 frente al edificio de Cáritas (por el camino de ripio) y la avenida Los Arrayanes, desde Plaza Pudú Pudú hasta la avenida Los Alerces.

 

El funcionario municipal hizo un llamado a la colaboración ciudadana y a la comprensión de estas medidas, destacando que el objetivo es ordenar el tránsito y el uso del espacio público en Lago Puelo. En caso de incumplimiento de estas disposiciones, se aplicarán las sanciones correspondientes según lo estipulado en la normativa vigente.

 

 

O.P.

 

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