Según lo establecido en la Ordenanza Número 025/23 CD MLP, se detallan las directrices que regulan el estacionamiento de estos vehículos recreativos. La normativa autoriza expresamente el estacionamiento en lugares debidamente habilitados para tal fin, tales como camping, playas de estacionamientos y terrenos privados con la autorización correspondiente de sus propietarios.
Por otro lado, la ordenanza prohíbe de manera explícita el estacionamiento en calles, avenidas, terrenos desocupados, baldíos o fiscales.
Nemesio Millañanco, a cargo de la Dirección de Inspectoría General, subrayó la importancia de hacer cumplir la ordenanza vigente. En este sentido, destacó que los propietarios de motorhomes tienen un plazo máximo de 2 horas para estacionarse en el casco urbano y luego deben trasladarse a los lugares específicamente habilitados para este propósito.
Millañanco informó que los espacios predeterminados incluyen la zona en ruta 16 frente al edificio de Cáritas (por el camino de ripio) y la avenida Los Arrayanes, desde Plaza Pudú Pudú hasta la avenida Los Alerces.
El funcionario municipal hizo un llamado a la colaboración ciudadana y a la comprensión de estas medidas, destacando que el objetivo es ordenar el tránsito y el uso del espacio público en Lago Puelo. En caso de incumplimiento de estas disposiciones, se aplicarán las sanciones correspondientes según lo estipulado en la normativa vigente.
O.P.