Este viernes el Concejo Deliberante desarrolló la última sesión legislativa del primer semestre del año.
En este marco, los concejales trataron el proyecto que fue presentado por comerciantes en la Banca del Vecino ante la complicada situación económica que enfrenta el sector.
Tras un intenso debate por el agregado de modificaciones al proyecto original, los ediles aprobaron por mayoría la ordenanza que otorga beneficios para los comerciantes de la ciudad.
Con votos afirmativos del oficialismo y la oposición, se declaró la emergencia del sector. La concejal Liza Arrúa de Juntos por el Cambio se abstuvo en la votación por pedido de la concejal Evangelina Chamorro debido a que es comerciante y es alcanzada por la legislación.
La ordenanza en su artículo 1° establece la Emergencia Comercial en Esquel "desde la entrada de vigencia de la presente hasta el 31 de diciembre del 2024 con posibilidad de prórroga a solictidud de cada comerciante interesado".
El municipio otorgará un certificado a los comerciantes que soliciten estar incluidos en la Emergencia Comercial para poder acceder a diversos beneficios, como lineas de crédito a tasa diferenciada otorgadas por el Banco del Chubut.
Asimismo, se brinda "planes de facilidades de pago especiales en tributos adedudados al 31 de mayo del 2024 no incluidos en planes de facilidades vigentes hasta 6 cuotas con reduccion del 100% de la tasa de financiacion y hasta 12 cuotas con reducción del 50% de la tasa de financiación".
También, la ordenanza establece que por el plazo de 30 días desde su promulgación se puede acceder a una "moratoria excepcional en tributos adeudados al 31 d emayo de 2024 no incluidos en planes de facilidades vigentes".
"Es un proyecto superador y hemos llegado a un consenso que va a dar respuestas y los comerciantes que son los beneficiados han dado su apoyo. Es un proyecto que se replicará en la provincia, muchos municipios se van a adherir y otra vez nuestro Concejo Deliberante está en la vanguardia", expresó el concejal Rafael Crea de Juntos por el Cambio.
C.S.