Nelson Leonardo Acuña Franco, de nacionalidad venezonala, médico de Comallo, en Río Negro, logró evitar el juicio y tras cumplir las pautas establecidas bajo el mecanismo judicial de la “probation”, terminó definitivamente eximido de responsabilidad penal en la muerte de una paciente que acudió al Hospital con un dolor de muela.
El galeno había accedido a la suspensión del juicio a prueba, tras ser formalizado por homicidio culposo. Así, debió respetar por tres años una serie de pautas entre las que destacaron la prohibición de realizar guardias pasivas y completar un total de cien horas de tareas comunitarias, como parte de un acuerdo que alcanzó con la fiscala Betiana Cendón, el abogado querellante Jorge Pschunder y el defensor particular Leandro Lescano.
Habiendo cumplido la totalidad de las condiciones dispuestas, el médico de 28 años resultó sobreseído definitivamente en el hecho, en el que, en cambio, había sido condenado el enfermero Gerardo Añahual, quien se declaró culpable y acordó una pena de un año de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación para ejercer su oficio.
El hecho investigado ocurrió en julio de 2020 en el hospital de Área de Comallo Doctora Nelly Crobatto, ubicado en calles Libertad y Nahim de dicha localidad. Hasta el centro asistencial había llegado Susana Raquel Muñoz, con un fuerte dolor de muela. La mujer fue asistida por Añahual, quien se comunicó por radio con el médico Acuña Franco y, tras brindarle los detalles del caso, recibió la orden de colocarle una vía venosa intermitente con Ceftriaxone endovenoso 1 gramo diluido.
Pero, trágicamente, Añahual confundió el recipiente del diluyente y tomó una ampolla de cloruro de potasio e inyectó a la mujer. Inmediatamente la víctima se descompensó y, apenas una hora después, falleció, pese a los intentos que practicaron en la sala.
En su resolución, el juez Ricardo Calcagno dictó el sobreseimiento por extinción de la acción penal en el cargo de homicidio culposo por el que oportunamente lo habían acusado y asentó que la tramitación del legajo judicial en el que Acuña estuvo involucrado no afectó el buen nombre y honor del que gozara el nombrado con anterioridad al mismo.