Un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón aclaró un punto importante en los litigios por alimentos: las asignaciones sociales no forman parte de la obligación económica del progenitor. La resolución se dictó en el marco de una demanda iniciada por una madre que sostenía sola todos los gastos de su hijo y buscaba que el padre cumpliera con su responsabilidad.
La madre cubría todos los gastos y pidió intervención judicial
La mujer explicó ante la Justicia que convivía con el niño, que trabajaba de manera independiente y que cursaba estudios universitarios. Detalló que afrontaba sola los costos de vivienda, alimentación, transporte, escolaridad, salud y actividades extracurriculares. Aseguró, además, que sus ingresos resultaban insuficientes y que debía recurrir a familiares y amigos para completar el presupuesto mensual.
El padre ofreció $150.000 y pretendió incluir las asignaciones
El progenitor se presentó y ofreció una cuota de 150 mil pesos, argumentando que sus ingresos eran esporádicos y que llevaba una vida austera. Sostuvo también que la madre tenía en su poder la tarjeta a través de la cual se perciben la Asignación Universal por Hijo y la Tarjeta Alimentar, y que esos fondos debían computarse como parte de su aporte.
Para la jueza, ese planteo no era válido.
Las asignaciones son un derecho del niño
En su resolución, la magistrada remarcó que los beneficios otorgados por el Estado tienen carácter asistencial y están destinados directamente al niño, por lo que no pueden considerarse parte del cumplimiento del padre.
Aclaró expresamente que el monto fijado para alimentos no incluye las asignaciones, ya que estas no representan ningún esfuerzo económico del progenitor.
Se acreditó la falta de participación paterna
Durante el juicio se demostró que el niño vive con su madre, asiste a una escuela pública, realiza actividades deportivas y depende exclusivamente de ella tanto en lo cotidiano como en lo afectivo y económico.
Aunque existía otra causa donde se había establecido un régimen de cuidado compartido, este nunca se implementó. El padre, además, no aportó documentación que acreditara ingresos reales ni volvió a nombrar abogado tras la renuncia de sus defensores.
La jueza fijó una cuota basada en la canasta de crianza
Tras evaluar la situación socioeconómica de ambas partes, la magistrada decidió fijar una cuota alimentaria equivalente a una canasta de crianza completa para un niño de entre 6 y 12 años, siguiendo los valores publicados por el INDEC.
La obligación se mantendrá hasta que el joven cumpla 21 años, salvo una futura modificación judicial.
O.P.