06 de Enero de 2026
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Mediante una ordenanza, determinaron el uso prioritario del agua potable para el consumo humano en hogares, escuelas, centro de salud e instituciones y comercios.
La Ordenanza Municipal N.º 64/2025 decretado en Cholila, se enfoca en las medidas preventivas ante la baja disponibilidad hídrica.
El uso prioritario del agua potable para el consumo humano en hogares, escuelas, centro de salud e instituciones y comercios.
Por tanto, queda prohibido el llenado de piletas (de lona o natación) lavado de vehículos y usos no esenciales del agua potable.
Riego permitido (huertas, patios y jardines) solo en los siguientes horarios: De 6 a 8 horas y de 21 a 00 horas.
SL
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