Un fallo de la Justicia laboral de Chubut volvió a poner en el centro del debate el sistema de riesgos del trabajo en Argentina. La sentencia, dictada el 12 de febrero de 2026, ordenó el pago de más de 116 millones de pesos en concepto de indemnización, intereses y honorarios a un marinero vinculado a la firma armadora Costa Chubut S.A., de la flota amarilla de Rawson.
El caso se inició a partir de un accidente laboral el 16 de febrero de 2025, cuando el trabajador, empleado desde 2018, sufrió una lesión en el dedo índice de su mano derecha mientras realizaba tareas en cubierta. Según consta en la causa a la que accedió este medio, no recibió atención médica inmediata a bordo y, posteriormente, la asistencia brindada por Provincia ART fue limitada a indicaciones remotas y sesiones de kinesioterapia.
El diagnóstico posterior confirmó una fractura de falange distal, una lesión que, en principio, fue considerada de baja gravedad por la Comisión Médica N° 036 de Trelew, que fijó una incapacidad laboral del 1,78%.
Disconforme con ese porcentaje, el hombre inició una acción judicial argumentando que la evaluación oficial no reflejaba el verdadero impacto de la lesión en su capacidad laboral, especialmente considerando la exigencia física de su actividad en altamar.
Durante el proceso, una pericia médica independiente le dio la razón. El informe determinó limitaciones funcionales significativas, como imposibilidad de realizar una pinza eficaz, dificultad para empuñar herramientas y reducción de la movilidad del dedo afectado.
A partir de esta evidencia, la jueza Amorina Úrsula Testino recalculó la incapacidad en un 11,99% de la total obrera, muy por encima de lo establecido inicialmente por la Comisión Médica.
Más allá del monto económico, el fallo adquiere relevancia por sus definiciones jurídicas. La magistrada declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), especialmente aquellos que obligan a transitar instancias administrativas previas ante comisiones médicas.
Asimismo, también se declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, cuestionando su validez por modificar criterios de cálculo indemnizatorio sin intervención del Congreso. De acuerdo al fallo, esta norma perjudica a los trabajadores al reducir el valor real de las compensaciones.
Estas decisiones se apoyan en precedentes de la Corte Suprema que reconocen la competencia de la justicia laboral ordinaria en este tipo de conflictos.
El tribunal determinó que la aseguradora debía abonar una indemnización base de $73.656.701,34, cifra que supera ampliamente los aproximadamente 12,5 millones de pesos que el trabajador ya había percibido.
Al aplicar intereses desde la fecha del accidente, conforme a la tasa activa del Banco Nación, y realizar las actualizaciones correspondientes, el monto total ascendió a $93.429.080,59 en concepto de capital e intereses. A ello se sumaron los honorarios profesionales, llevando la cifra final a $116.412.634,40.
Provincia ART había sostenido que el reclamo era improcedente, argumentando que el trabajador ya había cobrado la indemnización correspondiente al porcentaje de incapacidad fijado por la comisión médica. También invocó la existencia de incapacidades previas del marinero de Costa Chubut.
Sin embargo, el tribunal consideró que esas preexistencias fueron correctamente ponderadas en el cálculo final y que no invalidaban el reclamo actual.
Con todo, la decisión judicial no solo redefine el monto indemnizatorio en este caso particular, sino que también refuerza una tendencia jurisprudencial: la revisión crítica del sistema de riesgos del trabajo y el fortalecimiento del acceso directo a la justicia laboral.
Fuente: Revista Puertos