La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó los detalles de los haberes que recibirán jubilados y pensionados durante septiembre de 2026, con un aumento del 2,11% y la continuidad del bono extraordinario de $70.000.
La actualización corresponde a la movilidad previsional vigente, que toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC. El incremento también alcanza a otras prestaciones del organismo.
¿Cuánto cobra un jubilado que recibe la mínima?
Con el aumento de septiembre, el haber mínimo previsional quedará en $428.633,20. A ese monto se sumará el bono extraordinario de $70.000 para quienes cumplan con las condiciones establecidas.
De esta manera, un jubilado que perciba la mínima tendrá un ingreso bruto de aproximadamente $498.633 durante septiembre, antes de los descuentos que puedan corresponder.
El bono se acreditará automáticamente junto con el haber, por lo que no será necesario realizar ningún trámite.
¿Quiénes pueden cobrar el bono de $70.000?
El refuerzo está destinado a jubilados y pensionados que reciben los haberes más bajos. También alcanza a otros beneficiarios del sistema previsional, entre ellos:
- Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC).
- Titulares de pensiones graciables otorgadas por el Estado nacional.
Quienes tengan un haber superior al mínimo también podrán acceder al refuerzo, aunque en estos casos el monto será proporcional, de acuerdo con el ingreso que perciban y el tope establecido.
¿Cuánto será la jubilación máxima?
Desde septiembre, el haber máximo del sistema previsional será de $2.884.296 brutos.
El monto final que reciba cada beneficiario puede variar debido a descuentos obligatorios, cobertura de salud u otras retenciones correspondientes.
Calendario de pagos de ANSES en septiembre
El calendario de pagos comenzará el 8 de septiembre y las fechas dependerán del tipo de prestación y la terminación del DNI.
Pensiones No Contributivas:
- DNI terminados en 0 y 1: 8 de septiembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 9 de septiembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 10 de septiembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 11 de septiembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 14 de septiembre.
Jubilados y pensionados que cobran la mínima:
- DNI terminado en 0: 8 de septiembre.
- DNI terminado en 1: 9 de septiembre.
- DNI terminado en 2: 10 de septiembre.
- DNI terminado en 3: 11 de septiembre.
- DNI terminado en 4: 14 de septiembre.
- DNI terminado en 5: 15 de septiembre.
- DNI terminado en 6: 16 de septiembre.
- DNI terminado en 7: 17 de septiembre.
- DNI terminado en 8: 18 de septiembre.
- DNI terminado en 9: 21 de septiembre.
Jubilados y pensionados que superan la mínima:
- DNI terminados en 0 y 1: 22 de septiembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 23 de septiembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 24 de septiembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 25 de septiembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 28 de septiembre.
MA