Diego Matías Arévalo recibió una pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo al asumir su responsabilidad penal y admitir las pruebas en su contra por la tenencia de un arma de fuego de guerra con la numeración suprimida. El fiscal Ezequiel Forti y el funcionario Jorge Kovacevich formalizaron un acuerdo de juicio abreviado junto con la Defensa Pública, el cual resultó homologado por el juez tras la confesión del imputado.
El hecho se registró el 15 de enero de 2024, cerca de las 14:30 horas, durante un operativo preventivo de tránsito en la Ruta Nacional 40, frente al ingreso al aeropuerto de Esquel. En el procedimiento, efectuado por la División Sustracción de Automotores y la Policía Patrimonial con el soporte de un can adiestrado, las autoridades requisaron un automóvil Volkswagen Fox. En una mochila que pertenecía a Arévalo, oculta entre ropa, el personal policial halló una pistola Bersa Thunder 9 Ultra Compact Pro calibre 9 milímetros con la numeración limada y un cargador con 10 cartuchos, sin contar con la habilitación legal correspondiente.
A pesar de que el proceso tenía fecha fijada para debate oral, el Ministerio Público Fiscal y la defensa notificaron al tribunal la aplicación del procedimiento abreviado contemplado en el Código Procesal Penal. La parte defensora admitió la contundencia del material probatorio para un hecho detectado en flagrancia.
La Fiscalía presentó informes periciales, las actas del operativo, fotografías y la pericia técnica que ratificó que la pistola se encontraba apta para el disparo. Además, sumaron el informe del Registro Nacional de Reincidencia que confirmó antecedentes penales con una condena del 25 de abril de 2019.
El magistrado interviniente homologó el acuerdo al verificar la admisión voluntaria de la culpabilidad. La calificación legal encuadró en el artículo 189 bis y el artículo 45 del Código Penal, estableciendo la pena de dos años de prisión que corresponde al mínimo legal previsto para esta figura penal.
En el fallo, el juez declaró a Arévalo reincidente según lo estipulado en el artículo 50 del Código Penal y ordenó el decomiso y posterior destrucción de la pistola y las municiones incautadas. Una vez que la sentencia adquiera firmeza, transcurridos diez días hábiles de la notificación, el condenado será citado a su domicilio en Trelew para comenzar la ejecución de la pena en una dependencia penitenciaria.
EBW