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20 de Agosto de 2019
medio-ambiente |

Ordenanza para los espacios verdes de la ciudad de Esquel

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Está en vigencia la Ordenanza 192/09 la cual promueve la preservación del patrimonio natural de la ciudad y promover la forestación dentro del ejido.

 

Recuerde que:
• Los propietarios frentistas serán responsables de proveer un espacio libre (cazuela) con las medidas reglamentarias para evitar estrangulamiento del árbol. En ningún caso se permitirá que el contrapiso o revestimiento de la acera impida el normal crecimiento del arbolado.

 

• Queda prohibido a toda persona, organismo público y empresa privada o estatal, efectuar despuntes, talas, podas, erradicaciones de arbolado público, lesiones de cualquier tipo (incisiones, agujeros, descortezamientos, pinturas, encalado, extracción de flores o frutos, cortes. etc.) que afecten en forma directa su normal crecimiento y desarrollo.

 

• No serán motivo de extracción o poda los árboles que se vean afectados por construcciones, refacciones o ampliaciones de inmuebles.

 

• La solicitud de permiso de edificación de obra nueva, refacción o modificación, obliga al proyectista y al propietario a fijar con precisión en el plano los árboles existentes en el frente, no siendo causal de su erradicación el proyecto ni los requerimientos de la obra.

 

Evite multas. Colabore cuidando el espacio público.

 

Para más información, acercarse a la Secretaría de Ambiente, Chacabuco y Owen Jones, en horario de 7 a 12.30hs, de lunes a viernes.

 

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