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Los detalles de la ordenanza que permite desalojar y multar a quienes efectúen ocupaciones ilegales

Las penas económicas van desde $3.750 hasta $45.000 según el grado de la infracción. La oposición no apoyó el proyecto y Saunders consideró que no fue correctamente tratado en comisión.

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El Concejo Deliberante de Esquel aprobó en la sesión ordinaria que tuvo lugar hoy en el Centro Cultural Melipal una ordenanza que permite al Ejecutivo Municipal desalojar y multar a quienes ocupen sin autorización espacios públicos o inmuebles que sean propiedad del municipio. El permiso en ese caso debe ser escrito y suministrado por la Municipalidad. 

 

 

El Poder Ejecutivo estará habilitado a "repeler intentos de usurpación" a través de las áreas de la Secretaría de Obras Públicas, Asesoría Legal y Tierras Fiscales dentro de los límites impuestos por la ley, basándose en las previsiones del artículo 2240 del Código Civil y Comercial vigente. El mencionado ítem sostiene:

 

 

"Nadie puede mantener o recuperar la posesión o la tenencia de propia autoridad, excepto cuando debe protegerse y repeler una agresión con el empleo de una fuerza suficiente, en los casos en que los auxilios de la autoridad judicial o policial llegarían demasiado tarde. El afectado debe recobrarla sin intervalo de tiempo y sin exceder los límites de la propia defensa. Esta protección contra toda violencia puede también ser ejercida por los servidores de la posesión".

 

 

Asimismo, el municipio de Esquel se encontrará autorizado a desalojar inmediatamente a ocupantes ilegales "de ser necesario con auxilio de la fuerza pública, pudiendo incluso procederse al secuestro de los elementos utilizados" para llevar adelante la ocupación. A las personas involucradas se les aplicará una multa individual que podrá determinarse según la gravedad del caso, más los costos por utilización de maquinarias, camiones, personal, etcétera. 

 

 

Las actuaciones serán elevadas al Juzgado de Faltas y se les concederá 24 horas a los infractores para que ejerzan su derecho de defensa. Las infracciones se califican en leves, graves y gravísimas:

 

  • Leves: La utilización del bien o espacio público contrariando su destino normal o las normas que lo regulan. Multa prevista: 50 a 150 módulos ($3.750 a $11.250)
  • Graves: La alteración del medio ambiente. Multa prevista: 151 a 300 módulos ($11.325 a $22.500)
  • Gravísimas: Ocupar bienes y espacios públicos sin habilitación, autorización o permiso municipal. Multa prevista: 301 a 600 módulos ($22.575 a $45.000).

 

La iniciativa, que comenzó a partir de una propuesta del Juez de Faltas, Juan Colihueque, fue aprobada por los seis concejales de Cambiemos y rechazada por los cuatro opositores. Al respecto, Valeria Saunders, de Chubut al Frente, expuso que en comisión no se escuchó a Colihueque y consideró que el proyecto debería volver para "ser analizado y consensuado, que tenga el trámite administrativo correspondiente". "Varias veces se ha incorporado material sin que conste en ningún despacho, yo hice observaciones en cuanto a quien redactó el proyecto y todas las observaciones y cambios que ha tenido. Creo que tenemos que sentarnos en la comisión y terminar de acordar este expediente", remarcó la edil. Concluyó señalando que "al momento de tratarlo en la sesión se vuelve a incorporar una modificación. Creo que es poco serio y debería volver a comisión para que sea tratado en su conjunto".

 

 

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