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21 de Agosto de 2022
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Editorial Red43

Una condena leve

La Justicia condenó de acuerdo a la solicitud de la defensa de Goodman y desechó el pedido de cinco años de prisión efectiva formulado por la fiscalía.

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Los tres años de prisión de cumplimiento condicional que dictó la jueza María Tolomei en la sentencia del juicio que se siguió contra el ex secretario general de la ATECh, Santiago Goodman, marca un precedente que es positivo aunque en algún aspecto parece muy leve para la magnitud de los daños que se provocaron en la Legislatura Provincial en 2019.

 

 

La fiscalía había solicitado 5 años de cumplimiento efectivo y la defensa del gremialista la aplicación de la sentencia que finalmente terminó dictando la magistrada, tres años de prisión de cumplimento condicional.

 

 

Más allá de los argumentos utilizados por la jueza de la causa, que de ninguna manera se ponen en duda, se perdió una excelente oportunidad para que el fallo, además de justo, sea ejemplificador y sirva para establecer un verdadero marco de protección de los edificios públicos, cuando ocurren manifestaciones sociales multitudinarias.

 

 

En la lectura de la sentencia se incluyeron situaciones agravantes y atenuantes, pero finalmente fueron éstas las que más pesaron y así se aplicó el mínimo de la pena establecida en el Código Penal para el delito que se le enrostró a Goodman. En tanto Mariana Castro y Marcela Ancaleo fueron absueltas.

 

 

La magistrada concluyó que Santiago Goodman sabía lo que estaba haciendo y remarcó que existen pruebas fílmicas de que transportó cubiertas hasta la explanada de la Legislatura Provincial y que, además, las arrojó para avivar las llamas de las fogatas existentes esa madrugada.

 

 

En esa línea se expresó el vicegobernador de Chubut y presidente de la Legislatura Provincial, Ricardo Sastre, quien horas después de conocido el fallo de la doctora Tolomei afirmó que “por ahí, la sociedad esperaba una medida que marque un antes y un después".

 

 

De todas formas no deja de ser positivo que haya existido una condena, aunque sea de ejecución condicional, porque en adelante los dirigentes gremiales tendrán que tener presente que los reclamos pueden ser legítimos y el derecho a manifestarse es un derecho, pero ello no habilita que se destruyan espacios o edificios públicos bajo ningún aspecto.

 

 

Justamente ese fue uno de los aspectos que consideró Tolomei y afirmó que el dirigente gremial, en este caso Goodman, tiene que tener más responsabilidad por la función y la representación que ejerce.

 

 

En su defensa , Goodman declaró que había recibido presiones y amenazas por parte de los docentes que se manifestaban en inmediaciones de la Legislatura Provincial, pero ese argumento fue minimizado por la jueza de la causa.

 

 

No aplica de ninguna manera aquella máxima que dice: “Con los dirigentes a la cabeza o con la cabeza de los dirigentes”. Es una absoluta exageración, y son los propios sindicalistas quienes deben bregar para que las manifestaciones públicas sean pacíficas y sin violencia.

 

 

Sastre repudió “la violencia contra las instituciones públicas” y reconoció que “por ahí la sociedad esperaba alguna medida que marque un antes y un después, creo que esto nos tiene que hacer recapacitar como sociedad, porque hay cosas que no sirven, no es el camino”.

 

La sentencia completa contra Goodman, que adelantó que apelará, determina tres años de prisión en suspenso, deberá realizar un curso de derechos humanos o derecho constitucional, cumplir con 50 horas de tareas comunitarias no remuneradas en la Biblioteca de la Legislatura y presentarse cada tres meses antes la Justicia.

 

 

 

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