Esta medida afecta directamente a los titulares de las prestaciones contempladas en la Ley 24714, estableciendo que quienes se ausenten del país por más de 90 días corridos no cumplirán con el requisito de residencia y, por tanto, no podrán cobrar las asignaciones correspondientes.
Detalles de la resolución
La resolución indica que para verificar el cumplimiento del requisito de residencia, ANSES utilizará la información disponible en sus propias bases de datos y la proporcionada por la Dirección Nacional de Migraciones. Si se detecta que una persona no cumple con el requisito de permanencia en el país, se procederá a la suspensión de la asignación.
Cálculo del plazo de ausencia
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Asignación Familiar por Cónyuge: Para esta asignación, la suspensión se aplicará si la persona titular o su cónyuge se ausentan del país de manera continua o alternada y simultáneamente por más de 90 días corridos.
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Asignación Familiar por Hijo e Hijo con Discapacidad: En este caso, la suspensión se producirá si el hijo del titular se ausenta del país de manera continuada durante el período estipulado de 90 días.
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Asignación por Embarazo para Protección Social: La suspensión de esta asignación operará si la persona titular se ausenta del país por más de 90 días corridos.
Procedimiento de control y suspensión
ANSES realizará controles periódicos utilizando las bases de datos mencionadas para detectar ausencias prolongadas. En caso de incumplimiento, la suspensión de las asignaciones será inmediata.
O.P