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23 de Octubre de 2025
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Raposeiras repudió el incumplimiento al Código Provincial Electoral

El concejal marcó la prohibición de realizar actos inaugurales de obras públicas, planes y programas por 25 días previos a las elecciones,  “todo acto que pueda promover la captación de sufragio”.

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El concejal Fernando Raposeiras remarcó el artículo del Código Provincial Electoral que prohíbe realizar actos inaugurales de obras públicas, planes, programas, por 25 días previos, “todo acto que pueda promover la captación de sufragio”.

 


Recordando a los concejales y a la comunidad: “Ustedes creo que deben saber que es la ley número 21 que es el Código Provincial Electoral, el cual en su artículo 86 dice, queda prohibido durante los 25 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promociones de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos selectivos de las agrupaciones por las que compiten”.

 


A días de las elecciones de medio termino, Raposeiras aclaró: “25 días antes, o sea, primero de octubre. Y como bien nos ejemplificó la doctora Daher, hasta ayer estaba el intendente anunciando la pavimentación de una calle”.

 


Raposeiras anunció que presentará un proyecto de repudio al incumplimiento de dicha ley: “Despierta Chubut, el gobernador, el intendente, merece un enérgico repudio por parte de nuestro cuerpo deliberativo, por eso voy a presentar un proyecto de repudio al incumplimiento de la ley, porque es una de nuestras funciones, el velar por el cumplimiento de las leyes tanto nacionales como provinciales, como municipales, así que voy a ingresar este proyecto”.

 

SL
 

 

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