20 de Noviembre de 2025
sociedad |

Estafa millonaria a una mujer mayor y encubrimiento: ratificaron las condenas

La Justicia ratificó las penas a Nicolás Maximiliano Esteban y Cristian Alejandro Esteban a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, Marta Traico a dos años de prisión por encubrimiento.

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El Ministerio Público Fiscal, acompañado por la querella particular, logró rebatir los cuestionamientos de la defensa particular de Nicolás Maximiliano Esteban, Cristian Alejandro Esteban y Marta Traico y la Cámara Penal de la jurisdicción confirmó íntegramente la sentencia condenatoria.

 

De esta forma, la Justicia ratificó las penas impuestas a Nicolás Maximiliano Esteban y Cristian Alejandro Esteban a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de estafa. Además, se confirmó la condena de Marta Traico a dos años de prisión de cumplimiento condicional por el delito de encubrimiento agravado.

 

El caso se centró en la sustracción de una millonaria suma de dinero, compuesta por los ahorros familiares de una mujer octogenaria que los custodiaba en su domicilio.

 

Los jueces de la Cámara desestimaron el argumento de la defensa sobre la falta de acreditación del dinero robado. En su resolución, destacaron que "a nadie en su sano juicio se le ocurriría exigir" a un ciudadano llevar un registro contable de sus ahorros personales guardados en casa para justificar su reclamo tras un robo o estafa.

 

La Fiscalía logró acreditar no solo la cantidad de dinero sustraído, sino también la capacidad de ahorro de la víctima, dándole total coherencia a sus dichos. Se señaló también la particular vulnerabilidad de la víctima, un factor clave, dado que "en muchos delitos la víctima es indiferente, pero en otros es elegida", como ocurrió en este caso donde la efectividad del engaño dependía de las condiciones particulares de la damnificada.

 

Además de las penas de prisión, el tribunal ratificó la condena solidaria de los tres imputados a pagar a la víctima restituyéndole el dinero sustraído, mas los intereses correspondientes y una cuantiosa suma en concepto de daño moral, más los intereses.

 

Respecto a la prueba, el nuevo fallo desestimó los planteos de "prueba ilegal" y "errónea interpretación". La Fiscalía logró resolver el caso con un sólido andamiaje probatorio, utilizando una combinación de prueba directa e indicios que, unidos, crearon un "rompecabezas" que apuntó en una dirección unívoca, dejando sin sustento la postura de la defensa.

 

SL

 

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