En un fallo unánime, la Cámara Penal de Esquel ratificó la sentencia contra un hombre que abusó de su sobrina. El fallo rechazó una supuesta retractación de la joven por haber sido obtenida de forma ilegítima y bajo presión familiar, tal como demostró la Fiscalía en su contestación al recurso de la defensa.
El imputado, cuyo nombre se reserva para preservar la identidad de la víctima, fue condenado a diez años de prisión efectiva por haber sido hallado culpable por un jurado popular de abusar de su sobrina menor de edad.
La Cámara Penal analizó minuciosamente el caso tras el intento de la defensa de anular el juicio original. Con esta decisión, no solo ratifica la culpabilidad del agresor, sino que pone el foco en el resguardo emocional de las víctimas y la validez de los testimonios obtenidos con garantías legales.
Un revés a las presiones sobre la víctima
El punto más delicado del debate fue una grabación presentada por la defensa, en la cual la víctima —luego del juicio— decía haberse equivocado en su denuncia. Sin embargo, los jueces coincidieron con el criterio de la Fiscalía y fueron categóricos al rechazar este video por dos motivos fundamentales:
Ilegalidad en el trato con la menor: El video fue grabado de forma privada en el estudio de un abogado, sin la presencia de psicólogos ni especialistas, y sin el control de la Fiscalía. La Cámara consideró que este acto fue una revictimización, ya que la ley prohíbe que el abogado del agresor entreviste a solas a la víctima.
El fenómeno de la retractación: Los magistrados explicaron que, en casos de abuso dentro de la familia, es muy común y "esperable" que las víctimas intenten dar marcha atrás debido a la presión del entorno. En este caso, se detectó que la adolescente sufría un fuerte hostigamiento familiar y se la culpaba por la detención de su tío, lo que quita toda credibilidad a ese cambio de versión.
Un proceso transparente y justo
La defensa también había cuestionado el rol del juez técnico que dirigió el juicio, alegando falta de imparcialidad. La Cámara descartó estos reclamos, asegurando que el juez actuó correctamente para garantizar que los testigos declararan con comodidad y claridad, sin perjudicar los derechos de ninguna de las partes.
Resolución
Además de confirmar la pena de prisión, el fallo ordena la inscripción del condenado en el Registro de Identificación Genética (REDIS), una medida de seguridad fundamental en delitos contra la integridad sexual.
Este fallo deja un mensaje claro para la sociedad: la justicia debe ser un espacio seguro para las víctimas. Las retractaciones obtenidas bajo coerción o fuera de los protocolos de protección no tienen valor frente a la evidencia sólida y el veredicto de los ciudadanos que, como jurado popular, ya habían dictado sentencia basada en prueba legalmente obtenida.