Condena o reparación. Dos caminos posibles. El paciente estuvo muy complicado de salud, innecesariamente. Un diagnóstico malo o inadecuado agravó su cuadro y lo llevó a padecer más sufrimiento. Estuvo 50 días internado y sometido a múltiples intervenciones. En el proceso, demandó a las dos médicas que lo atendieron. En realidad, que omitieron brindar el cuidado que necesitaba. Y con la demanda en curso, la Justicia tomó cartas en el asunto y resolvió.
En las últimas horas, se conoció la noticia que trae un poco de consuelo al paciente damnificado. El hombre apostaba por una reparación, y no por una condena. De esta forma, demandante y demandadas se salvaban de pasar por el derrotero emocional de enfrentar un juicio oral. Afortunadamente para ellos, para cada parte, pudieron encontrar una salida alternativa al conflicto que les evitó pasar por ese túnel.
La jueza de garantías Leticia Lorenzo autorizó la aplicación de un criterio de oportunidad para dos médicas imputadas por lesiones culposas, luego de alcanzar un acuerdo con el paciente al que deberán abonar 20 millones de pesos en concepto de reparación. “Entiendo que hay satisfacción de ambas partes, y eso es lo relevante en términos de las exigencias del Código Procesal en su artículo 17, en cuanto a encontrar la solución más pacífica para el conflicto concreto”, manifestó en una audiencia desarrollada el martes.
De acuerdo a la acusación, las profesionales atendieron a la víctima en el hospital de la localidad de Buta Ranquil, en Neuquén entre los meses de marzo y abril de 2021, pero lo hicieron sin cumplir con “el deber objetivo de cuidado que debe regir la atención médica”. Fuentes judiciales indicaron que “(las profesionales de la salud) omitieron brindar el cuidado necesario que habría evitado la puesta en peligro de la vida y secuelas en su salud física”.
Según informó la fiscal del caso Natalia Rivera, las médicas “no realizaron un diagnóstico adecuado ni advirtieron la evolución desfavorable, no requirieron estudios complementarios ni realizaron interconsultas, ni derivaron a un centro de mayor complejidad, pudiéndolo hacer”. Esto, sostuvo, ocasionó un agravamiento del cuadro clínico del paciente, que requirió múltiples procedimientos quirúrgicos que le significaron unos 50 días de internación.
Por los hechos, a las médicas se les había formulado cargos en marzo pasado. Según explicó Lorenzo, el criterio de oportunidad es un instituto que no suele aplicarse cuando esa etapa ya se cumplió. Sin embargo, afirmó que corresponde por las circunstancias particulares del caso y porque no existe un interés público prevalente.
Respecto de las partes, a quienes consultó en la audiencia si comprendían los alcances de la salida alternativa, indicó que si bien ella como jueza debe quedar al margen de las condiciones del acuerdo, manifestó que era beneficioso para las “dos mujeres, que evitan llegar a juicio con el desgaste que implica, pero también para la víctima, que encuentra la respuesta que buscaba desde la primera audiencia: una reparación y no una condena”.
El acuerdo también expresa que ante un incumplimiento de las profesionales en el pago de la reparación, la víctima puede recurrir a la vía civil para seguir adelante con su reclamo.