El juez de familia de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, Marcelo Escola, determinó que un tío paterno deberá abonar la manutención de sus dos sobrinos. El hombre, además de abonar la cuota alimentaria, también tendrá que pagar el 30% del aguinaldo, la cobertura social y los gastos extraordinarios. "Es un gran hermano", dijo el padre de los niños al conocerse el fallo y la aceptación por parte del tío.
El padre de los menores, quien no cumplió con su obligación desde la separación, no cuenta con empleo registrado ni bienes a su nombre. Ante esta situación, se recurrió al tío de los niños, el pariente más cercano con capacidad económica para garantizar la subsistencia de los menores. Resulta un fallo novedoso en este sentido teniendo en cuenta que otros tanta en los que el padre no pagaba la cuota alimentaria en general esa responsabilidad recaía en los abuelos paternos.
Pero ante la ausencia de estos, la justicia buscó al pariente más cercano del deudor y resultó ser su hermano que ahora deberá hacerle frente a la cuota alimentaria de sus dos sobrinos. Según el fallo tendrá esa obligación hasta que su hermano pueda hacerle frente.