Este jueves el Gobierno Nacional oficializó cambios en el cobro de la percepción para el "dólar turista", y también el cobro del impuesto PAIS para productores que deban girar divisas al exterior para el pago de artistas internacionales.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución General 5272/2022 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y ya se encuentra publicado en el Boletín Oficial. Establece que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los US$ 300 al mes pagarán una percepción extra del 25% de concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.
Esta determinación también afecta a bienes suntuarios o "de lujo" comprados en el exterior, como automóviles y motos de alta gama; jets privados, barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.
Los consumos por menos de US$ 300 por mes continuarán pagando el tipo de cambio más el Impuesto PAIS y la retención del 45% de adelanto de Impuesto a las Ganancias.
Además, a través del decreto 682/2022 se dispuso que los servicios contratados en el exterior como recitales, actividades deportivas, entre otros gastos de entretenimiento, deberán pagar el impuesto PAIS del 30% para girar dólares a otro país, por lo que deberán abonar un dólar de $ 205 para realizar este movimiento de divisas.