Una trabajadora de una planta avícola logró que la Cámara del Trabajo reconociera su incapacidad como una enfermedad profesional y condenara a la ART a abonarle una indemnización.
Durante más de una década, la mujer realizó tareas exigentes: cortar, limpiar y clasificar piezas de pollo, abrir aves con cuchillos, separar vísceras, embalar productos y levantar bandejas pesadas. Los movimientos repetitivos y las posturas forzadas fueron dejando huellas en su cuerpo, hasta que en 2023 comenzaron los dolores en sus muñecas.
Tras reposo, calmantes y fisioterapia, ya no pudo continuar trabajando. En 2024 se sometió a una cirugía en la muñeca izquierda, donde se detectó una lesión en el fibrocartílago triangular. La ART, sin embargo, se negó a reconocer la relación entre la patología y las tareas, y la Comisión Médica dictaminó que se trataba de una dolencia “inculpable”.
La trabajadora inició una acción judicial. El caso tramitó ante la Cámara del Trabajo, donde la aseguradora no respondió en el plazo legal y fue declarada en rebeldía. Un perito médico determinó que sufría una incapacidad inicial del 5,85 por ciento, vinculada directamente con sus tareas. Tras las impugnaciones y la ratificación del especialista, el tribunal aplicó la doctrina de la “indiferencia de la concausa”, que reconoce al trabajo como causa relevante aun cuando existan otros factores.
Finalmente, la incapacidad se fijó en un 8,75 por ciento. La sentencia ordenó a La Segunda ART S.A. a pagar la indemnización con intereses desde la fecha del infortunio, dentro de un plazo de diez días, bajo apercibimiento de aplicar la tasa activa del Banco Nación en caso de mora.
Fuente: Cipo 360
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