En el marco de la causa por la muerte de Alejandro “Tino” John, ocurrida en mayo de 2021 durante un operativo del Grupo Especial de Operaciones Policiales (GEOP) en Las Golondrinas, el juez José Luis Ennis resolvió este lunes no hacer lugar al pedido de las defensas, que habían solicitado trasladar el juicio por jurados a otra circunscripción judicial por presunto riesgo de parcialidad en la comunidad local.
Con esta decisión, quedó firme la jurisdicción original y de inmediato se llevó a cabo el sorteo de las personas que podrían integrar el jurado popular, con la participación de una cantidad representativa de ciudadanos y ciudadanas.
El juicio se realizará en la Comarca
La defensa de los imputados había planteado que la conmoción social generada por el hecho podría influir en la objetividad de un jurado local, pero el magistrado desestimó el argumento, señalando que no se acreditó que dicha conmoción impida garantizar la imparcialidad.
Ennis subrayó además que la ley contempla mecanismos adecuados para asegurar un proceso justo, como la posibilidad de ampliar el universo de personas sorteadas, y la implementación de cuestionarios previos a la audiencia de selección del jurado, en los que se evalúa la predisposición e imparcialidad de los candidatos.
Un caso que conmueve
El hecho ocurrió el 27 de mayo de 2021 en el paraje Las Golondrinas, cuando un grupo de más de 20 efectivos del GEOP irrumpió en la vivienda de Alejandro John en el marco de un operativo judicial. De acuerdo con la acusación, John fue ejecutado de un disparo en la frente, mientras su pareja era reducida por los agentes.
La muerte de Tino generó un fuerte impacto en la Comarca, con múltiples pedidos de justicia y manifestaciones públicas. Ahora, con el juicio por jurados confirmado, se abre una nueva etapa en la causa, con la mirada puesta en la transparencia del proceso y la participación ciudadana.
O.P