Las empleadas domésticas recibirán un aumento oficial en sus haberes del mes de agosto, al que se le sumará un bono extraordinario. El acuerdo fue alcanzado el pasado 14 de julio durante una reunión entre los referentes de los Trabajadores de Casas Particulares y la Secretaría de Trabajo, con la participación de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP).
Se estableció una nueva grilla de referencia con una actualización salarial del 1% para los haberes correspondientes a agosto, que se suma a la del 3,5% ya acordada para junio y otra suba del 1% para julio y septiembre.
Además del ajuste, se determinó el pago de una suma no remunerativa que se abonará por única vez en los meses de julio, agosto y septiembre. Este bono tiene como objetivo compensar los meses en los que no hubo alzas salariales, entre febrero y junio de este año.
Valores por hora y por mes en agosto:
Si bien la nueva resolución aún no fue homologada, las cifras ya fueron confirmadas por el gremio UPACP. Los valores de referencia para el mes de agosto son:
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Por hora (para quienes trabajan menos de 24 horas semanales):
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Con retiro: $3.022,77.
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Sin retiro: $3.261,38.
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Mensual (para quienes trabajan 24 o más horas semanales en la 5ta categoría):
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Con retiro: $370.833,03.
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Sin retiro: $412.362,01.
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Es importante destacar que estos valores corresponden únicamente al salario, y los empleadores deben abonar por separado los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Bono no remunerativo
Además del ajuste salarial, se estableció el pago de una suma no remunerativa que varía según la cantidad de horas trabajadas. Este bono se paga por única vez en julio, agosto y septiembre.
Los montos para agosto son:
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0 a 12 horas semanales: $4.000.
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12 a 16 horas semanales: $6.000.
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Más de 16 horas semanales o personal sin retiro: $9.500.
Zonas desfavorables
La ley contempla un pago adicional del 30% sobre los salarios mínimos para los trabajadores que desempeñan sus tareas en zonas consideradas desfavorables, como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el Partido de Patagones.
Cómo registrar a los trabajadores en ARCA
Todos los empleadores deben inscribir a sus trabajadores en el registro de ARCA, sin importar las horas de trabajo. El proceso se realiza de forma virtual con los siguientes pasos:
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Ingresar a la web de ARCA con la clave fiscal.
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Cargar los datos del empleado.
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Ingresar el domicilio del trabajador y el laboral.
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Completar los datos de la relación laboral, como tipo de trabajo, horas, remuneración y fecha de ingreso.
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Verificar y confirmar la información antes de finalizar el trámite.