La versión definitiva de la reforma laboral que se debate este miércoles en el Congreso incorpora 28 modificaciones, luego de un proceso de intercambio con distintos sectores. El Gobierno busca su aprobación durante el período de sesiones extraordinarias y sostiene que cuenta con los apoyos necesarios para que el proyecto avance hacia la media sanción y sea girado posteriormente a la Cámara de Diputados.
De acuerdo con lo informado, empresas, bancos y la Confederación General del Trabajo (CGT) resultaron entre los sectores alcanzados por los cambios introducidos respecto del texto original. Según se detalló, uno de los puntos centrales fue la eliminación del artículo que proponía reducir del 30% al 27% las alícuotas del Impuesto a las Ganancias para empresas, una medida que impactaba en las cajas provinciales.
En materia salarial, el proyecto confirma la bancarización como modalidad de pago y descarta el uso de billeteras virtuales. Además, se establece que la derogación de estatutos y regímenes especiales entrará en vigencia 180 días después de la sanción de la ley. El aporte solidario a los gremios se mantendrá por dos años, con un tope del 2%, y no se avanzará con la reducción de las cargas patronales destinadas a las obras sociales, que continuarán en el 6%. Las empresas seguirán actuando como agentes de retención de las cuotas sindicales.
La iniciativa también fija límites a los aportes obligatorios: un tope del 0,5% de las remuneraciones para cámaras empresarias y del 2% para asociaciones de trabajadores. A partir del 1 de enero de 2028, los aportes a asociaciones de empleadores y las cuotas, aportes o contribuciones sindicales pasarán a ser voluntarios y requerirán consentimiento individual expreso.
En relación con las indemnizaciones, se redefine el concepto de “mejor remuneración” para su cálculo, que quedará limitado a lo mensual, normal y habitual, excluyendo conceptos no mensuales como el aguinaldo y las vacaciones. Se establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y se habilita su pago en cuotas: hasta seis mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, así como para empleadores individuales.
El proyecto crea además el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado mediante aportes mensuales del 1% para grandes empresas y del 2,5% para MiPyMEs, con la posibilidad de incrementarlos por decisión del Poder Ejecutivo con aprobación de una Comisión Bicameral. El fondo tendrá carácter inembargable y de afectación específica.
Entre otros puntos, se incorporan nuevos servicios considerados esenciales, como el cuidado de menores y la educación en todos sus niveles, el transporte de caudales y los servicios privados de seguridad y custodia. También se establece que las fuerzas de seguridad deberán mantener una cobertura del 100% de su prestación normal.
La reforma contempla cambios en la organización del trabajo, como la habilitación de regímenes voluntarios de banco de horas, la flexibilización del otorgamiento de vacaciones entre el 1° de octubre y el 30 de abril —con posibilidad de fraccionarlas en períodos mínimos de siete días— y nuevas reglas para el control médico y la conformación de juntas médicas.
Finalmente, el texto propone una registración laboral simplificada y digital a través de ARCA, redefine los beneficios sociales no remunerativos y prevé la creación de regímenes de incentivo para la formación laboral, la inversión productiva y la generación de empleo, junto con el compromiso de impulsar una futura reforma fiscal integral.
R.G.