La Cámara Penal de Esquel confirmó la responsabilidad penal de Daniel Napal y Carlos Peinipil por el homicidio de José Crettón, en una decisión que reafirma las penas de prisión perpetua para ambos. Sin embargo, los magistrados se apartaron de la declaración de reincidencia de Napal, ordenando una nueva audiencia de cesura para revisar este aspecto específico.
Juicio y veredicto
Un jurado popular había encontrado a Napal culpable de homicidio agravado transversal, es decir, un crimen cometido con el objetivo de provocar sufrimiento emocional a su ex pareja, utilizando a la víctima como instrumento de venganza. Por su parte, Peinipil fue hallado culpable de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria, al actuar motivado por un interés económico.
La defensa de ambos acusados había presentado recursos alegando supuesta contaminación del jurado, insuficiencia probatoria, violación al principio de congruencia y nulidad del juicio, pero todos estos argumentos fueron desestimados por la Cámara Penal.
Contexto de violencia de género
El tribunal evaluó la incorporación de antecedentes y conductas previas de los acusados, concluyendo que estos elementos no contaminaban al jurado y eran pertinentes para demostrar el contexto de violencia de género en la relación de Napal con su ex pareja. Los magistrados señalaron que la evidencia presentada por la Fiscalía —incluyendo la confesión de Peinipil, testimonios de testigos, escuchas telefónicas y hallazgos materiales como un arma— resultó sólida y suficiente para sustentar la condena.
La sentencia remarcó que el homicidio transversal refleja una actitud vengativa, en la que la víctima inocente se convierte en un medio para infligir daño emocional a otra persona. Este tipo de delitos se vincula directamente con dinámicas de violencia de género, donde el agresor busca controlar, hostigar o aislar a la víctima.
Homicidio por interés económico
En el caso de Peinipil, la Cámara resaltó que su conducta se motivó por intereses materiales, actuando por dinero sin tener relación previa con la víctima. Este agravante convierte su acción en un delito especialmente reprochable para el derecho penal, al anteponer la ganancia económica a la vida humana.
Revisión parcial de la reincidencia
Aunque la condena fue confirmada, los jueces se apartaron de la decisión sobre la reincidencia de Napal, al considerar que los informes del Registro Nacional de Reincidencia no fueron incorporados correctamente al debate. Por este motivo, se ordenó una nueva audiencia de cesura para analizar este aspecto y ajustar la sentencia correspondiente.
Penas confirmadas
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Daniel Napal: prisión perpetua por homicidio agravado transversal.
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Carlos Peinipil: prisión perpetua por homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria.
O.P