La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que habilitaba a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a votar en las próximas elecciones de octubre. Esta decisión se basa en su condena en la causa Vialidad, que la inhabilita para ejercer el derecho electoral.
En una resolución a la que accedió Infobae, la CNE dejó sin efecto la decisión que mantenía a la ex presidenta en el padrón electoral y ordenó aplicar la inhabilitación que ya había sostenido el fiscal nacional electoral, Ramiro González. El fallo fue firmado por los camaristas Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via.
La cuestión de fondo: inconstitucionalidad y jurisprudencia
La jueza Borruto había declarado a principios de agosto que dos artículos, el 19, inciso 2° del Código Penal y el 3, inciso “e” del Código Electoral Nacional, eran inconstitucionales. Estos artículos establecen que la inhabilitación perpetua recibida por la ex presidenta incluye la “privación del derecho electoral” y deja fuera del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena”.
El fiscal Julio César Zárate apeló esta decisión, argumentando que la jueza no consideró la jurisprudencia existente. La CNE recordó que en 2016, en el caso “Procuración Penitenciaria”, el Tribunal había declarado que los artículos que limitaban el derecho a voto eran inconstitucionales y solicitó al Congreso de la Nación que revisara las normas. En ese momento, la Cámara aclaró que los legisladores podían justificar la aplicación de la pena de inhabilitación en "ciertos casos" de delitos como “corrupción, crimen organizado, lavado de activos, malversación de fondos públicos, defraudación contra la administración pública, entre otros”.
La falta de acción del Congreso llevó a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación interviniera en 2022 en el caso “Orazi”, abriendo una ventana para rehabilitar a personas del padrón. Sin embargo, la CNE rechazó la idea de una habilitación “general y automática” y desde entonces analiza cada caso de manera individual.
La decisión sobre Cristina Fernández de Kirchner
En su revisión del caso de Cristina Fernández de Kirchner, la CNE determinó que la jueza de Santa Cruz no consideró ninguno de los requisitos que se empezaron a tener en cuenta desde el caso Orazi, como que la posibilidad de votar fuera “jurídica y fácticamente viable”, el “tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación” y las “distintas circunstancias procesales o fácticas en que aquellos se encuentren”, como el hecho de que la ex mandataria cumple prisión domiciliaria en la Ciudad de Buenos Aires.
Además, la Cámara resaltó que la sentencia de primera instancia se dictó de oficio, lo cual contradice directamente la jurisprudencia. Esta falta fue suficiente para que la CNE resolviera la cuestión en favor de la apelación de la fiscalía.
Este martes 16 de septiembre se publicará el padrón definitivo de electores. Será la primera vez, desde el regreso de la democracia, que el nombre de Cristina Fernández de Kirchner no figurará en él.