Un joven de 22 años asistió a un evento nocturno en El Bolsón con la intención de divertirse, pero horas después terminó internado con graves heridas de arma blanca. El ataque se produjo en plena pista del salón donde se desarrollaba la reunión, que era abierta al público y sin control de acceso ni medidas de seguridad. El agresor nunca fue identificado, pero la causa derivó en una demanda civil contra el organizador del evento.
La jueza que intervino en el juicio consideró probado que el organizador fue responsable por no garantizar las condiciones mínimas de seguridad para los asistentes. Según la resolución, aunque no se cobró entrada, eso no exime de la responsabilidad, ya que convocar a personas a un espacio cerrado implica un deber legal de prevención ante posibles riesgos.
El joven sufrió una herida penetrante en el abdomen que requirió cirugía y una prolongada internación. Las pericias médicas y psicológicas acreditaron secuelas físicas con limitaciones funcionales y un daño psíquico, que afectó su vida social y emocional.
El fallo descartó que el organizador pudiera excusarse en el “hecho de un tercero” y consideró que la falta de medidas básicas de seguridad fue la causa directa del daño. Asimismo, se determinó que la indemnización debía cubrir los perjuicios materiales, el daño psicológico y moral, sin incluir un monto específico por daño estético, ya que está contemplado en las secuelas físicas.
Finalmente, el juzgado Multifueros de El Bolsón condenó al organizador a pagar una indemnización de $39.858.561,18. La aseguradora y otro codemandado fueron excluidos del proceso. La sentencia de primera instancia aún puede ser apelada.
O.P