31 de Agosto de 2026
patagonia |

Pidió cambiar su nombre y descubrió que también le habían cambiado el género

Una mujer de Bariloche recibió su nueva partida de nacimiento y encontró un cambio que no había pedido. El caso llegó a la Justicia y terminó con una resolución inesperada.

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Una mujer de Bariloche recurrió a la Justicia después de descubrir que su partida de nacimiento había sido modificada con una “X” en el lugar donde figuraba el sexo femenino, pese a que nunca había solicitado ese cambio. El caso terminó con un fallo que ordenó al Registro Civil volver a colocar la “F”, en coincidencia con los datos de su DNI.

 

El origen del conflicto se remonta a un trámite realizado en 2024 bajo la Ley de Identidad de Género. La mujer, inscripta al nacer con sexo femenino, había pedido modificar únicamente su nombre de pila. Sin embargo, cuando recibió la partida rectificada comprobó que, además del cambio de nombre, había desaparecido la “F” y en su lugar aparecía una “X”. Según manifestó durante el proceso judicial, nunca había pedido ni consentido esa modificación.

 

Qué significa la “X” en los documentos

El Decreto 476/2021 contempla las letras “F”, “M” y “X” para la registración del género. La última comprende distintas situaciones, entre ellas las categorías no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada y no consignada.

 

 

La diferencia entre documentos profundizó el conflicto: mientras la partida de nacimiento tenía una “X”, el Documento Nacional de Identidad de la mujer continuaba registrando una “F”. Por ese motivo, acudió al fuero de Familia de Bariloche.

 

Su reclamo no buscaba obtener una nueva identidad ni realizar una modificación registral vinculada con su género, sino corregir un dato que, según sostuvo, había sido alterado sin su pedido.

 

La Justicia analizó el trámite realizado en 2024

La demanda se comenzó a tramitar en abril. La Fiscalía no formuló objeciones al planteo y el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro tampoco encontró impedimentos legales para que se realizara la rectificación. La Unidad Procesal revisó entonces el trámite original y comprobó que la solicitud presentada en 2024 se limitaba al cambio de nombre de pila y que no existía un pedido para modificar el sexo registral.

 

 

La jueza también tuvo en cuenta las manifestaciones realizadas por la mujer durante el expediente. Allí expresó que se reconocía dentro del binomio femenino/masculino y que quería conservar la inscripción correspondiente al sexo femenino.

 

Ordenaron volver a colocar la “F”

La Ley 26.743 de Identidad de Género fue uno de los elementos centrales considerados en la resolución. La norma reconoce el derecho de cada persona a su identidad de género y a ser identificada de acuerdo con ella. A partir de ese marco, la magistrada concluyó que una modificación que no había sido solicitada ni consentida por la mujer no podía mantenerse como expresión de su identidad.

 

El fallo hizo lugar a la demanda y ordenó rectificar la partida de nacimiento. Una vez que la sentencia quede firme, el Registro Civil deberá reemplazar la “X” por la “F”, de acuerdo con el género que continúa figurando en su Documento Nacional de Identidad.

 

 

O.P.

 

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