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05 de Septiembre de 2025
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Crimen en Navidad: Perpetua por matar a un policía en Chubut

Apuñalado por la espalda en una reunión familiar el 24 de diciembre de 2023, el crimen fue calificado como doblemente agravado: por alevosía y por odio a su condición de policía.

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El juicio por jurados que se llevó a cabo en Chubut culminó con una sentencia contundente: Néstor Gastón Nahuelquir, de 28 años, fue declarado culpable del homicidio doblemente agravado de Adrián Nahuelquir, quien se desempeñaba como agente de la Policía provincial. La jueza técnica del proceso, tras el veredicto del jurado, dictó la pena de prisión perpetua, de acuerdo con lo solicitado por la Fiscalía.

 

El crimen ocurrió en la localidad de Cushamen la noche del 24 de diciembre de 2023, durante una reunión familiar. Según la acusación, Gastón Nahuelquir apuñaló a su pariente por la espalda, en un ataque sorpresivo, sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de defenderse.

 

Crimen con alevosía y odio hacia su condición de policía

 

La Fiscalía, representada por la fiscal María Bottini y el procurador Ismael Cerda, logró demostrar que el asesinato fue cometido con alevosía, es decir, de forma premeditada y traicionera. Además, argumentaron que el móvil del ataque fue el odio hacia la condición de policía de la víctima, lo que constituyó el segundo agravante.

 

Durante el juicio, se presentaron testimonios que respaldaron esta hipótesis. Varios testigos presenciales señalaron que el acusado agredió verbalmente a Adrián con insultos como:

 

“Te la puse, milico puto”
“Me ensucié las manos por un milico de mierda”

 

Estos dichos fueron tomados como prueba del odio explícito hacia la función policial del fallecido, y reforzaron la calificación legal de la acusación.

 

 

Un ataque sorpresivo, sin posibilidad de defensa

 

El testimonio de testigos fue central para reconstruir lo ocurrido. Según las declaraciones, la víctima fue apuñalada por la espalda con un cuchillo, en un ataque rápido y sorpresivo. Nadie vio venir el hecho, lo que permitió a la Fiscalía sostener que hubo alevosía, ya que el agresor actuó sobre seguro y sin riesgo.

 

El informe forense confirmó que la herida mortal fue una lesión penetrante en la espalda, compatible con un ataque sorpresivo.

 

Defensa sin sustento suficiente

 

La Defensa intentó argumentar que Gastón Nahuelquir actuó en legítima defensa de su hermano, quien presuntamente habría tenido un conflicto previo con la víctima. También alegaron que el acusado se encontraba en un estado de intoxicación alcohólica que lo llevó a interpretar erróneamente la situación.

 

Sin embargo, el jurado popular rechazó estos argumentos y dio por acreditada la versión fiscal, considerando que no existía una amenaza inmediata ni un contexto que justificara el uso de la violencia letal.

 

Sentencia: prisión perpetua y declaración de inconstitucionalidad

 

La jueza técnica dictó la prisión perpetua y también impuso las costas del proceso al condenado. Además, en línea con jurisprudencia, declaró la inconstitucionalidad de los artículos que impiden el acceso a beneficios carcelarios (como salidas transitorias o libertad condicional) en este tipo de delitos.

 

La magistrada se basó en fallos del Superior Tribunal de Justicia de Chubut y de la Corte Suprema de la Nación, que cuestionaron la validez de los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la Ley 24.660 por considerar que violan principios constitucionales.

 

 

 

O.P

 

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