21 de Mayo de 2026
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Estaba de vacaciones en la casa de su tía y abusó de una menor

El fallo confirmó la responsabilidad penal del acusado por un hecho ocurrido durante una convivencia familiar temporaria.

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La Cámara en lo Penal de Esquel confirmó por unanimidad la condena contra un hombre acusado de abuso sexual simple agravado contra una adolescente de 13 años en la Comarca Andina. El tribunal rechazó el pedido de la defensa y ratificó la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

 

El hecho juzgado ocurrió entre fines de enero y principios de febrero de 2021 en una vivienda donde el acusado se encontraba alojado durante unas vacaciones familiares.

 

Cómo ocurrieron los hechos

De acuerdo con la investigación presentada por la Fiscalía, el hombre ingresó durante la noche a la habitación de la adolescente y se acostó junto a ella mientras dormía. Según quedó acreditado en el juicio, realizó tocamientos en el vientre y los senos sin consentimiento.

 

 

La acusación sostuvo que el imputado aprovechó la convivencia temporal existente en la vivienda y la situación de vulnerabilidad de la víctima, que tenía 13 años al momento del episodio.

 

La conducta fue encuadrada como abuso sexual simple agravado por la minoridad de la víctima y por la relación de convivencia circunstancial.

 

El fallo respaldó el relato de la adolescente

Uno de los principales cuestionamientos de la defensa apuntó a desacreditar el testimonio de la víctima y plantear supuestas inconsistencias en las fechas relatadas.

 

 

Sin embargo, la Cámara consideró válido el relato brindado en Cámara Gesell y sostuvo que presentó coherencia tanto interna como externa.

 

Los jueces remarcaron además que la madre y el hermano de la adolescente coincidieron al describir cómo la joven contó lo sucedido tiempo después del hecho.

 

En la resolución también se indicó que las imprecisiones temporales suelen aparecer en recuerdos traumáticos atravesados durante la adolescencia y que eso no invalida el testimonio.

 

 

La falta de reacción física no implica consentimiento

Durante el análisis del caso, los magistrados hicieron referencia a la declaración de la adolescente, quien explicó que durante el episodio “se quedó dura” y no supo cómo reaccionar.

 

El tribunal interpretó esa reacción como una manifestación clara de ausencia de consentimiento y remarcó la diferencia de edad entre la víctima y el acusado, que era casi diez años mayor.

 

También valoraron el contexto en el que ocurrió el hecho, dentro de la habitación de la menor y en un espacio donde debía sentirse segura.

 

 

La Cámara sostuvo que en este tipo de situaciones no resulta necesaria la existencia de resistencia física para configurar el delito.

 

Por qué la condena será de cumplimiento efectivo

La defensa solicitó que la pena fuera condicional, argumentando que el acusado no tenía condenas previas al momento del hecho investigado.

 

No obstante, la Cámara rechazó ese planteo luego de constatar que el hombre cometió otros delitos posteriormente, acumulando condenas por robos, lesiones y resistencia a la autoridad. Además, el fallo señaló antecedentes de rebeldías procesales y una conducta reiterada de incumplimiento de la ley.

 

 

Finalmente, los jueces ordenaron que las actuaciones sean remitidas al Juzgado de Ejecución Penal para unificar todas las condenas y avanzar con el cómputo definitivo de la pena. También dispusieron la inscripción del condenado en el Registro Provincial de Identificación de Genética de Abusadores Sexuales una vez que la sentencia quede firme.

 

 

O.P

 

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