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03 de Junio de 2026
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Condenaron a un hombre por hechos de violencia contra su propio padre

El acusado admitió cinco hechos delictivos ocurridos en Cholila, la mayoría contra su padre, y recibió una pena de tres años de prisión en suspenso.

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La Justicia homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Jonathan Jairo Fernández a tres años de prisión de ejecución en suspenso por cinco hechos delictivos cometidos en Cholila entre noviembre y diciembre de 2024. La mayoría de los episodios estuvieron dirigidos contra su propio padre y estuvieron vinculados a situaciones de violencia familiar y desobediencia de medidas judiciales.

 

La condena por violencia familiar en Cholila fue resuelta durante una audiencia en la que la Fiscalía y la defensa presentaron un acuerdo formal previsto en el Código Procesal Penal del Chubut. El imputado reconoció expresamente su responsabilidad en cada uno de los hechos investigados, evitando así la realización de un juicio oral y público.

 

La presentación estuvo a cargo del fiscal general Nicolás Vasiliev, quien expuso el acuerdo alcanzado luego de la recolección de pruebas incorporadas a la investigación. Tras admitir la autoría material y legal de los delitos, Fernández aceptó la pena impuesta y las condiciones fijadas por el tribunal.

 

 

El hecho más grave y las desobediencias

Según se informó durante la audiencia, el episodio de mayor gravedad fue calificado como lesiones leves agravadas por el vínculo en concurso con desobediencia.

 

Las lesiones se produjeron en el marco de una pelea en la que tanto el acusado como su padre sufrieron heridas. A ello se sumaron varios incumplimientos de órdenes judiciales que le prohibían acercarse a la víctima.

 

La reiteración de estos incumplimientos formó parte central de la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal y fue incorporada dentro del acuerdo de juicio abreviado finalmente homologado por el juez interviniente.

 

 

Condiciones para mantener la libertad

La pena impuesta no implicará el ingreso inmediato a un establecimiento penitenciario, aunque Fernández deberá cumplir una serie de obligaciones durante los próximos tres años.

 

Entre las reglas fijadas por el tribunal se encuentran la obligación de mantener un domicilio estable y comunicar cualquier cambio de residencia, además de presentarse cada seis meses ante el Juzgado de Paz de Cholila para acreditar su ubicación y el cumplimiento de las condiciones impuestas.

 

También deberá respetar una prohibición de acercamiento a menos de 100 metros de la víctima y no podrá establecer contacto por ninguna vía, ya sea presencial, telefónica o digital, durante un período mínimo de seis meses.

 

 

A esto se suma la prohibición de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir sustancias estupefacientes.

 

La advertencia del juez

Antes de finalizar la audiencia, el magistrado remarcó al condenado el alcance de las medidas impuestas y dejó en claro que la prohibición de acercamiento deberá cumplirse sin excepciones.

 

El juez señaló que la restricción continuará vigente incluso si fuera la propia víctima quien intentara propiciar un contacto o acercamiento.

 

 

Además, advirtió que cualquier nuevo delito o incumplimiento de las condiciones establecidas provocará la revocación del beneficio otorgado. En ese caso, la pena podría transformarse en prisión de cumplimiento efectivo.

 

De esta manera, la condena por violencia familiar en Cholila quedó firme mediante un acuerdo abreviado que permitió cerrar una causa vinculada a reiterados hechos de violencia y desobediencia judicial ocurridos durante 2024.

 

 

O.P.

 

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