03 de Junio de 2026
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La Justicia confirmó la prisión perpetua para los asesinos de José Cretton

La Justicia rechazó por unanimidad los planteos de la defensa y dejó firme la condena contra Daniel Napal y Carlos Peinipil. El cuerpo de la víctima sigue sin ser encontrado.

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La condena por el homicidio de José Cretton quedó firme luego de que el Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazara por unanimidad la impugnación presentada por la defensa de los acusados. De esta manera, Daniel Andrés Napal y Carlos Julián Peinipil continuarán cumpliendo prisión perpetua como coautores del crimen ocurrido en El Maitén en agosto de 2022.

 

La resolución representa un nuevo respaldo a la investigación llevada adelante por la Fiscalía y ratifica tanto el veredicto emitido por un jurado popular como las posteriores revisiones realizadas por la Cámara en lo Penal de Esquel.

 

Un crimen que tuvo como trasfondo la violencia de género

De acuerdo con lo probado durante el juicio, entre la noche del 11 y la madrugada del 12 de agosto de 2022 Napal y Peinipil concretaron un plan para asesinar a José Abraham Cretton.

 

 

La investigación determinó que Napal ofreció dinero a Peinipil para que colaborara en el hecho. Ambos se trasladaron en una camioneta hasta la vivienda de la víctima, donde lo secuestraron y lo llevaron a un sitio que nunca pudo ser determinado.

 

Según la acusación, allí lo asesinaron y posteriormente ocultaron el cuerpo para eliminar evidencias. A casi cuatro años del crimen, los restos de Cretton aún no fueron hallados.

 

Durante el proceso judicial se estableció que el homicidio estuvo vinculado a una situación de violencia de género. La Fiscalía sostuvo que Napal buscó provocar sufrimiento a su expareja, quien había iniciado una relación sentimental con la víctima.

 

 

Este encuadre permitió aplicar la figura de homicidio agravado transversal, una de las más graves previstas por el Código Penal argentino.

 

Por qué el Superior Tribunal rechazó la apelación

La defensa había solicitado la nulidad del juicio argumentando que el jurado popular había sido influenciado por testimonios que describían conductas violentas previas de Napal. Sin embargo, el Superior Tribunal entendió que esos relatos no fueron utilizados para generar un prejuicio contra el acusado, sino para demostrar el contexto de violencia de género necesario para sostener la acusación.

 

Los ministros también señalaron que la propia defensa había aceptado la incorporación de esos testimonios durante las etapas preliminares del proceso y no formuló objeciones en el momento correspondiente.

 

 

La prisión perpetua quedó ratificada

Al tratarse de la pena más severa contemplada por la legislación argentina, el caso fue sometido además al mecanismo de revisión automática conocido como Consulta.

 

Tras analizar el expediente, el Superior Tribunal concluyó que la prisión perpetua es constitucional y que correspondía aplicar esa sanción de acuerdo con los delitos que el jurado popular consideró acreditados.

 

La resolución también confirmó la declaración de reincidencia de Daniel Napal.

 

 

Con este fallo se agota la vía ordinaria dentro de la justicia provincial y queda firme la condena por el homicidio de José Cretton, un caso que marcó un antecedente en Chubut al lograr una condena por asesinato pese a que el cuerpo de la víctima nunca fue encontrado.

 

 

O.P.

 

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